miércoles, 5 de septiembre de 2018

Trascendencia de la definición del concepto de "nación" en el estado liberal



El Estado liberal se entiende como un Estado de derecho, en el que los hombres no están sometidos a las injusticias y tiranías del poder. Éste se origina a raíz de la Revolución Liberal, esto es; un proceso que fue iniciado por grupos sociales que reclamaban por el sistema injusto al que estaban sometidos en el Antiguo Régimen. Fue de este modo como se inició todo un proceso revolucionario, que consiguió acabar con el sistema de la Monarquía Absoluta. Esto fue posible gracias a dos importantes acontecimientos históricos; la Revolución Norteamericana y la Revolución Francesa, que implicaron  el fin del Antiguo Régimen, y que supusieron la creación paulatina del concepto de nación, concepto que otorgaba a los ciudadanos una serie de derechos tales como la igualdad de condiciones, lo cual implicó la desaparición de los privilegios y estamentos propios del sistema del sistema de la Monarquía Absolutista.

Asimismo, en el ámbito del Derecho se instauraron los principios de legalidad -esto es, que toda la ciudadanía quedaba sujeta a las disposiciones legales establecidas-, y de igualdad de cara a la ley, lo cual suponía que tras la supresión de los estamentos, los hombres gozarían de igualdad ante la ley. Por tanto, como se indica, el término “nación” concedía a los ciudadanos el derecho a la libertad, a la igualdad social y, por supuesto, a decidir sobre su futuro, situándose de ese modo como titulares de la soberanía, en un estado nacional, cuyos derechos quedaban formalmente establecidos en una Constitución, como conjunto de normas que establecen el fundamento jurídico del Estado, más concretamente respecto a la organización de los poderes público-estatales, así como sus atribuciones y competencias, y los derechos fundamentales -esto es; sociales y económicos- de los ciudadanos, así como sus derechos y deberes. Se trata pues, de la norma suprema de un Estado de derecho soberano.

Según expone el artículo de García-Pelayo; “Estado legal y Estado constitucional de Derecho”, la existencia de una Jurisdicción Constitucional significa la culminación de un proceso de desarrollo del Estado de Derecho, o dicho más concretamente, la transformación de un Estado legal de Derecho a un Estado constitucional de Derecho. Asimismo, la hegemonía incondicionada que la ley poseía en el sistema de fuentes del Estado liberal (o legal de Derecho), fue suplida por una supremacía legal condicionada a su conformidad con las normas constitucionales.

Es así de este modo como se pasó de un sistema de soberanía regia, donde el poder emanaba del monarca, a una soberanía nacional, donde el poder pasa a manos de la nación, esto es; a los ciudadanos, aunque con cierta matización. En este nuevo sistema, por tanto, el rey pasa a ser un simple representante ideológico, que otorga la soberanía al estado o nación. De esta forma anteriormente descrita es como trasciende el concepto de “nación” en el estado liberal.

Por otro lado, en cuanto a la base o fundamento para asegurar la continuidad de una nación, según señala el artículo de Ernest Renan; “¿Qué es una nación?", cabría puntualizar los motivos que ofrece el autor para excluir tanto la raza, la religión, la lengua, geografía o intereses, como razones para garantizar la continuidad de ésta. Por ejemplo, en torno a la lengua y a la raza, Renan descarta ambas como parte de la base o fundamento de una nación.

En cuanto a la raza, expone como ejemplo “El Tratado de Verdún”, en el cual las delimitaciones elegidas para la fragmentación del territorio invadido por Carlomagno en beneficio de sus nietos, no dieron importancia al origen de las poblaciones escogidas. Asimismo señala que Francia tiene raíces celtas, germánicas e íberas. Según Renan, la raza natural (pura) se extravió hace muchísimos años, desde que las antiguas sociedades se tornaron en grupos errantes debido a la búsqueda de lugares, en los que poder subsistir, y la mezcla de estos grupos son bastante anteriores a las raíces de las lenguas y culturas, como principio de nacionalismo para determinados poderes políticos.

Por otro lado, como ejemplo respecto a las lenguas, habla de Estados Unidos e Inglaterra, o América Latina y España, donde se habla la misma lengua, pero no pertenecen al mismo estado (o raza). También menciona a Suiza, nación en la que se habla hasta cuatro idiomas en total. Con esto quiere apuntar a que hablar un mismo idioma no conlleva tener una misma raza. De esta forma no tiene lógica basar una nación según razas o lenguas, sino en la igualdad como seres humanos.

En cuanto a la religión, Renan no considera ésta como pretexto para distinguirse como nación, dado que en una misma nación pueden coexistir diversas tendencias de tipo religioso. Además, no todos los miembros de una nación responden tampoco a los mismos propósitos e intereses. Y por último, en cuanto a la geografía, según Renan, fragmenta pero no forma naciones. Para Renan es el hombre quien crea las naciones, y su alma el que las sustenta. Según el autor, una nación es un sentimiento colectivo, un reflejo de la solidaridad, fraguado por los sacrificios y padecimientos pasados, así como los que están dispuestos a resistir en el futuro.




Bibliografía:



* “Fundamentos Históricos del Derecho”, material UOC.

* Ernest Renan, “¿Qué es una nación?, en Unam.mx, web site: http://enp4.unam.mx/amc/libro_munioz_cota/libro/cap4/lec01_renanqueesunanacion.pdf

* Manuel García Pelayo, “Estado legal y Estado constitucional de Derecho”, en Ulpiano.org, web site: http://www.ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDUCV/82/rucv_1991_82_31-45.pdf

* Acton Lord, (21/02/2006), “¿Qué es una Nación?, by Ernest Renan”, en Lord-acton.blogspot.com, web site: http://lord-acton.blogspot.com.es/2006/02/n-ernest-renan.html

* Francisco Manuel, (17/10/2013), “¿Qué es una Nación?”, en Elsenordeindias.blogspot.com, web site: http://elsenordeindias.blogspot.com.es/2013/10/que-es-una-nacion.html